¿REFORMA LABORAL?
Muchos o
algunos nos preguntamos que es la mentada reforma laboral, ¿para qué sirve?
¿Con que se come?, otros que han oído de ella le echan hasta de lo que no; en
esta edición les hablare en lo que consiste la reforma laboral y sobre todo la
opinión de algunas personas ya sea a favor o en contra de ella; los invito a
que sigan leyendo mas.
Con esta
reforma se incorporó a nuestro sistema jurídico una importante figura para
evitar la parálisis legislativa. Con la “Iniciativa de Trámite Preferente”, el
Ejecutivo Federal podrá presentar al inicio de cada periodo ordinario de
sesiones dos nuevas iniciativas o señalar hasta dos iniciativas que
hubiere presentado en periodos anteriores, cuando estén pendientes de
dictamen, las cuales deberán ser discutidas y votadas en un plazo máximo
de 30 días naturales. Si no fuera así, la iniciativa en sus términos y sin
mayor trámite, será el primer asunto que deba ser discutido y votado en la
siguiente sesión del Pleno. En caso de ser aprobado el proyecto de Ley o
Decreto, pasará de inmediato a la Cámara Revisora, la cual deberá
discutirlo y votarlo bajo las condiciones antes descritas. Esta nueva
herramienta constituye un importante avance en nuestro régimen democrático,
pues permitirá atender las prioridades de la agenda nacional.
En
efecto, la necesidad de una reforma laboral ha estado en el debate público, por
lo menos en los últimos 15 años, en los que se han realizado un sinnúmero de
foros, coloquios, seminarios, mesas de diálogo y consultas populares, en los
que se han discutido los principales temas en los que es indispensable avanzar,
y se han identificado los beneficios que tendría la actualización del marco
laboral. Esto sin contar los cientos de iniciativas que se han presentado, por
las diversas fuerzas políticas, para tratar de reformar un ordenamiento que en
su momento, por el contenido de sus disposiciones, fue motivo de orgullo
nacional, pues colocó a nuestro país a la vanguardia en el concierto
internacional.
Prácticamente
todos los diagnósticos serios coinciden en que es impostergable impulsar una
reforma laboral como condición para avanzar hacia mejores niveles de bienestar,
y que al mismo tiempo contribuya a favorecer los principios de equidad y no
discriminación en las relaciones de trabajo.
En los
últimos diez años, nuestra Población Económicamente Activa se ha incrementado
prácticamente en diez millones de personas. Si esto lo sumamos al efecto de la
crisis internacional; a la contingencia sanitaria de 2009, y al cambio en el
flujo migratorio entre México y Estados Unidos, en el que un menor número de
Mexicanos viajan a ese país y un número creciente están regresando a México,
tenemos que no sólo hay más competencia por los puestos de trabajo, sino que
además tuvimos que recuperar más de 700 mil empleos que se perdieron durante la
parte más dura de la crisis. Sin embargo, para lograr afianzar la posición de
México como una de las grandes economías emergentes del mundo, se necesita
mejorar el desempeño de nuestro mercado de trabajo.
El tema
del desempleo fue objeto de análisis y discusión en el marco de las reuniones
de los Ministros de Trabajo de los países que integran el G20, que es un foro
de cooperación y de consulta principalmente en temas relacionados con el
sistema financiero internacional, cuya presidencia correspondió a nuestro País
este año.
Una
conclusión fundamental de este foro se refiere a la urgente necesidad de
ofrecer a la población y, en especial a los jóvenes, empleos de calidad, lo
cual implica impulsar reformas estructurales, en total apego a los principios y
derechos laborales fundamentales, ya que éstas tienen un papel principal en el
objetivo de elevar el crecimiento económico para generar oportunidades
laborales, movilidad y empleos. El acceso al mercado de trabajo no es el único
reto para la política laboral. Tenemos también el reto de que los empleos que
se generen sean formales; es decir, con prestaciones y plenos derechos para los
trabajadores.
Por las
anteriores razones, se considera necesario reformar la Ley Federal del Trabajo,
pero sin que ello implique abandonar los derechos reconocidos en el artículo
123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Contenido
de la Iniciativa:
Con base
en los razonamientos que a continuación se exponen, avanzaremos hacia mejores
niveles de bienestar. Por tal motivo se propone:
1.
Incorporar la noción de trabajo decente que promueve la Organización
Internacional del Trabajo, para destacar los elementos que deben imperar en
cualquier relación laboral, que no son otros, más que el respeto a la dignidad
humana del trabajador; la no discriminación por razón de género, preferencia
sexual, discapacidad, raza o religión; el acceso a la seguridad social; el
salario remunerador; la capacitación continua para el incremento de la
productividad; la seguridad e higiene en el trabajo; la libertad de asociación;
la autonomía y democracia sindical; el derecho de huelga, y la contratación
colectiva. Cabe señalar que el concepto de trabajo decente a que se hace
referencia, es acorde con la aspiración que nuestro texto constitucional prevé
como trabajo digno.
2.
Incluir en nuestra legislación, como nuevas modalidades de contratación, los
períodos de prueba, los contratos de capacitación inicial y para el trabajo de
temporada, con el propósito de atender las circunstancias que privan en el
mercado de trabajo. Con ello se generarán las condiciones para que un mayor
número de personas, principalmente jóvenes y mujeres, puedan integrarse a
puestos de trabajo en la economía formal. Estas propuestas permitirían romper
el círculo vicioso en torno a que las personas no tienen empleo porque no están
capacitadas y no tienen capacitación porque no cuentan con empleo.
3.
Regular la subcontratación de personal u outsourcing, con el propósito de
evitar la evasión y elusión del cumplimiento de obligaciones a cargo del
patrón. Para tal efecto, se define la figura de “subcontratación”; se determina
que el contrato de prestación de servicios deba constar por escrito; se prevé
que la beneficiaria de los servicios tendrá la obligación de cerciorarse de la
solvencia económica de la contratista y que ésta cumpla con sus obligaciones en
materia de seguridad y salud. Se señala expresamente que en todo caso los
patrones y los intermediarios serán responsables solidarios en las obligaciones
contraídas con los trabajadores.
4.
Tipificar como delito el trabajo de menores de 14 años fuera del círculo
familiar, para lo cual se otorgan facultades a las autoridades, a efecto de que
puedan ordenar el cese inmediato de las labores de aquéllos, además de
establecer la obligación de resarcir las diferencias salariales, en caso de que
percibieran ingresos menores a los de otros trabajadores que realicen idénticas
actividades.
5.
Otorgar mayor protección y seguridad jurídica a los mexicanos que van a laborar
en el extranjero, para lo cual se propone regular tres modalidades de contratación:
el primero de ellos atiende los casos de los trabajadores mexicanos que son
contratados en territorio nacional y cuyo contrato de trabajo se rija por la
Ley Federal del Trabajo; el segundo, el caso de los trabajadores mexicanos
reclutados y seleccionados en México, para un empleo concreto en el exterior de
duración determinada, a través de mecanismos acordados por el gobierno de
México con un gobierno extranjero, y por último, el caso de los trabajadores
mexicanos reclutados y seleccionados en México, para un empleo concreto en el
exterior de duración determinada, que sean contratados a través de agencias de
colocación de trabajadores.
6.
Replantear el mecanismo para comunicar los avisos de rescisión de la relación
de trabajo que debe dar el patrón a los trabajadores, a efecto superar la
incongruencia de probar en juicio un hecho negativo, es decir que el trabajador
se negó a recibir el aviso de despido.
7.
Incluir una nueva causal de rescisión de la relación de trabajo sin
responsabilidad para el trabajador, consistente en que el patrón le exija la
realización de actos, conductas o comportamientos que menoscaben o atenten
contra su dignidad.
8.
Fortalecer los derechos de la mujer trabajadora, a través de las siguientes
medidas específicas:
•
Prohibir expresamente la discriminación por cuestiones de género.
•
Prohibir la realización de actos de hostigamiento o acoso sexual, castigar a
quienes permitan o toleren tales conductas y considerarlas como causales de
rescisión de la relación de trabajo.
• Prohibir
la práctica de exigir certificados médicos de ingravidez para el ingreso,
permanencia y ascenso en el empleo.
•
Permitir que las mujeres trabajadoras puedan distribuir las semanas de descanso
pre y postnatal, así como reducir en una hora la jornada de trabajo, durante
los periodos de lactancia, a efecto de que puedan convivir con el recién
nacido.
9.
Aprovechar los avances de las tecnologías de la información y comunicación para
prever que el pago de salarios se pueda realizar a través de medios electrónicos,
por lo que podrán efectuarse a través de depósito en cuenta bancaria, tarjeta
de débito, transferencias o cualquier otro medio electrónico.
10.
Establecer un límite a la generación de salarios vencidos para combatir la
indebida práctica de prolongar artificialmente la duración de los
procedimientos laborales. Se prevé que se generarán solamente entre la fecha
del despido y hasta por un periodo máximo de doce meses. Una vez concluido este
periodo, si el juicio aún no se ha resuelto, se generaría solamente un interés.
11.
Impulsar la multihabilidad de los trabajadores, a efecto de que se involucren
en otras actividades de su entorno laboral, lo cual permite su desarrollo y
capacitación. Desde luego, se prevé que su participación se vea recompensada
con el ajuste salarial respectivo.
12.
Establecer como nueva obligación patronal la relativa a afiliar el centro de
trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, lo
que propiciará que los trabajadores puedan ser sujetos del crédito que
proporciona dicha entidad.
13.
Contar con más y mejores mecanismos que permitan a la autoridad laboral
responder de manera eficaz y oportuna ante situaciones de contingencias
sanitarias, como la vivida en nuestro país en el 2009. Las medidas que se
proponen consisten en:
• Dotar
a la autoridad de herramientas, para que pueda reaccionar con mayor
contundencia y eficacia ante las emergencias.
•
Fortalecer la coordinación institucional para proteger la seguridad y salud de
los trabajadores.
•
Prohibir la utilización del trabajo de menores y mujeres en estado de gestación
o lactancia, durante las contingencias sanitarias.
•
Fomentar la cultura de la prevención.
•
Definir las consecuencias jurídicas que una situación de este tipo puede
generar en las relaciones de trabajo.
14.
Armonizar la legislación con los criterios de la Suprema Corte de Justicia de
la Nación, en el sentido de exceptuar al patrón de pagar el reparto adicional
de utilidades, si obtuvo de la Junta de Conciliación y Arbitraje la suspensión
correspondiente, en tanto esta situación perdure.
15.
Adecuar las instalaciones de aquellos centros de trabajo que tengan más de 50
trabajadores, a fin de facilitar el acceso y desarrollo de actividades de las
personas con discapacidad. Para establecer esta obligación, se ha tomado como referencia
el criterio de estratificación para determinar a las empresas pequeñas y
medianas, que prevé la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro,
Pequeña y Mediana Empresa, de manera que no se establezca una carga que pudiera
ser excesiva para las microempresas.
16.
Replantear las disposiciones que regulan la capacitación y el adiestramiento de
los trabajadores, con el propósito de elevar el nivel de vida de los
trabajadores y sus familias, así como mayores rendimientos para las empresas, a
través de un vínculo más estrecho entre la capacitación y la productividad.
Para ello se propone:
•
Rediseñar los objetivos y las tareas que tendrían a su cargo las Comisiones
Mixtas de Productividad, Capacitación y Adiestramiento;
•
Ampliar los objetivos de los Comités Nacionales de Productividad y Capacitación
que pueden establecerse en las diferentes ramas industriales y de servicios, y
en los que participan representantes de los patrones y de los trabajadores, a
fin de que propongan acciones para:
- Diagnosticar
los requerimientos necesarios para elevar la productividad y la competitividad
de las empresas;
-
Vincular los salarios a la calificación y competencias adquiridas;
-
Estudiar mecanismos y nuevas formas de remuneración que vinculen los salarios a
los beneficios de la productividad, y
-
Proponer la expedición de normas técnicas de competencia laboral y, en su caso,
los procedimientos para su evaluación, acreditación y certificación.
17.
Privilegiar a la productividad de los trabajadores como el principal criterio
para acceder a plazas vacantes definitivas o provisionales de más de treinta
días y a puestos de nueva creación, en lugar de la antigüedad. Además se prevén
criterios de desempate, para el caso de que dos o más trabajadores tengan los
mismos méritos.
18.
Propiciar condiciones laborales dignas a favor de los trabajadores del campo, a
través de las siguientes medidas:
•
Establecer un registro especial de los trabajadores eventuales o de temporada.
•
Incluir como obligación patronal, la expedición de constancias de labores y
percepciones a los trabajadores eventuales, al final de la temporada.
•
Establecer el pago proporcional de prestaciones devengadas al final de cada
temporada.
•
Proporcionar agua potable a los trabajadores durante su jornada de trabajo.
•
Proporcionar en forma gratuita a los trabajadores, transporte cómodo y seguro
desde las zonas habitacionales hasta los lugares de trabajo y viceversa. Se
prevé que el patrón pueda emplear sus propios medios o pagar la cuota
correspondiente, para que el trabajador haga uso de un transporte público
adecuado.
•
Utilizar los servicios de un intérprete cuando los trabajadores no hablen
español.
19.
Mejorar las condiciones de trabajo de los empleados domésticos. Se propone
regular con mayor precisión la duración de su jornada laboral y, en
consecuencia, establecer de manera expresa los periodos de descanso diario y
semanal que como mínimo deben tener quienes realicen este tipo de actividades.
20.
Incluir en el Titulo Sexto de la Ley un nuevo Capítulo para regular los
trabajos que se realicen en las minas. A raíz de los lamentables accidentes
ocurridos en la industria minera, es indispensable establecer disposiciones
específicas para regular este tipo de actividades.
21.
Reconocer al teletrabajo, es decir, aquel que se realiza a distancia,
utilizando tecnologías de la información y la comunicación, como una de las
formas de trabajo a domicilio. Con esta modalidad se favorece la posibilidad
ocupacional de las personas, pues les permite compaginar las actividades
laborales con sus respectivas responsabilidades familiares. Desde luego, en la
realización de este tipo de actividades cuentan con la protección de las normas
de trabajo y de seguridad social.
22.
Prever el voto libre, directo y secreto en la elección de la directiva
sindical. Esta medida reconoce los criterios sustentados por el Comité de
Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo, en el sentido
de que “el hecho de que la autoridad establezca por vía legislativa el voto directo,
secreto y universal para elegir a los dirigentes sindicales no plantea
problemas de conformidad con los principios de la libertad sindical.
23.
Fortalecer la rendición de cuentas por parte de las directivas de los
sindicatos. Para ello, se prevé que se deberá entregar a todos los trabajadores
sindicalizados, un resumen de los resultados de la administración del
patrimonio sindical y que la rendición de cuentas debe incluir por lo menos la
situación de los ingresos por cuotas sindicales y otros bienes, así como su
destino.
24.
Facilitar a los sindicatos el cumplimiento de sus obligaciones ante las
autoridades registradoras, mediante la utilización de herramientas
electrónicas, para proporcionar informes, notificar sus cambios de directiva y
modificaciones estatutarias, así como las altas y bajas de sus miembros.
25.
Incluir disposiciones expresas para considerar como información pública la
relacionada con los registros de las organizaciones sindicales, los contratos
colectivos y reglamentos interiores de trabajo depositados ante las autoridades
laborales. Estas medidas propiciarán que los interesados cuenten con mayor y
mejor información relacionada con las organizaciones sindicales y, en
consecuencia, que puedan ejercer sus derechos de manera razonada y con
elementos de juicio al tener acceso a datos fidedignos y actualizados.
26.
Otorgar la facultad a las autoridades registrales para requerir a los
solicitantes que subsanen las omisiones en la presentación de los documentos
que se deben acompañar en el procedimiento de registro sindical. De no
atenderse el requerimiento, se ordenará el archivo de la solicitud de registro,
por falta de interés.
27.
Suprimir la denominada “cláusula de exclusión por separación”, que actualmente
la Ley permite establecer en los contratos colectivos de trabajo, en
consonancia con los criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la
Nación en la materia.
28. Prever
como causa para negar el trámite a un emplazamiento a huelga para la
celebración de contrato colectivo de trabajo, el hecho de que previamente
exista otro en trámite cuyo objeto sea el mismo. Lo anterior, a efecto de
propiciar seguridad jurídica al procedimiento y evitar múltiples emplazamientos
en contra del mismo patrón por organizaciones sindicales diversas.
29.
Incrementar el monto de la indemnización por muerte del trabajador. Se ha
estimado conveniente brindar mayor protección y seguridad a los familiares de
los trabajadores que fallezcan con motivo de un riesgo de trabajo, pues
actualmente el monto que prevé la Ley por concepto de indemnización, equivale
al importe de setecientos treinta días de salario. El incremento que se
propone, toma como referencia el monto más alto de la sanción que se imponga a
aquellos que violen las normas previstas en la Ley Laboral como se explica en
el punto 50.
30.
Fortalecer las medidas para proteger la seguridad e higiene en los centros de
trabajo. Para tal efecto, es necesario otorgar a las autoridades la facultad de
ordenar la clausura inmediata de los centros de trabajo, en casos de peligro
inminente para la vida, la salud o la integridad de las personas.
31.
Facilitar la actualización de las tablas de enfermedades de trabajo y de
valuación de las incapacidades permanentes. Se propone que la Secretaría del
Trabajo y Previsión Social realizaría la expedición y actualización de dichas
tablas, tomando en cuenta la previa opinión de la Comisión Consultiva Nacional
de Seguridad y Salud en el Trabajo.
32.
Ampliar la competencia de las autoridades federales, mediante una nueva
interpretación y alcance del concepto de “concesión federal”, de manera que
bajo dicha figura se incluyan las actividades que realizan las empresas bajo
permiso o autorización federal.
33.
Fortalecer las facultades y objetivos del Servicio Nacional del Empleo a fin de
que pueda proponer e instrumentar mecanismos para vincular la formación
profesional con aquellas áreas prioritarias para el desarrollo regional y
nacional, así como con aquellas que presenten índices superiores de demanda.
34.
Eliminar las Juntas Federales y Locales de Conciliación, ya que en la
actualidad prácticamente no existen, toda vez que en casi todas las localidades
funcionan Juntas de Conciliación y Arbitraje.
35.
Incorporar el principio de la conciliación en el proceso laboral. De esta
manera, durante todo el procedimiento y hasta antes de dictarse el laudo, las
Juntas intentarían que las partes resuelvan los conflictos mediante la
conciliación. En complemento a esta medida, se crea la figura de los
“funcionarios conciliadores”, como parte del personal jurídico de las Juntas.
36.
Contar con servidores públicos mejor preparados para atender las tareas de
impartición de justicia. Para ello se establece un servicio profesional de
carrera especial para el ingreso, promoción, permanencia, evaluación de
desempeño, separación y retiro de los servidores públicos de la Junta Federal
de Conciliación y Arbitraje, que tome en consideración la naturaleza propia de
las funciones jurisdiccionales que se realizan.
37.
Profesionalizar al personal jurídico de las Juntas de Conciliación y Arbitraje,
a los representantes ante las mismas y a los litigantes en materia laboral, a
efecto de reducir el riesgo de que una de las partes en el proceso
(generalmente el trabajador), sea deficientemente representada en juicio.
38.
Prever la utilización de herramientas tecnológicas, para facilitar la
impartición de justicia laboral, lo que permitirá agilizar y transparentar la
tramitación de los juicios, aumentar la productividad y eficiencia y, en
general, modernizar a las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
39.
Modificar la estructura de la primera audiencia en el procedimiento ordinario,
para que sólo sea de: conciliación, demanda y excepciones y, una segunda
audiencia, de ofrecimiento y admisión de pruebas. Con ello se propicia mayor
celeridad en el trámite del procedimiento ordinario y se erradican prácticas de
simulación que retardan el procedimiento, como el diferimiento de la audiencia
en más de una ocasión, con el pretexto de la celebración de pláticas
conciliatorias.
40.
Establecer un procedimiento sumario para tramitar los conflictos suscitados con
motivo del otorgamiento de prestaciones de seguridad social, aportaciones de
vivienda y prestaciones derivadas del sistema de ahorro para el retiro. Con
esta medida, se pretende que este tipo de asuntos se resuelvan con mayor
celeridad, para lo cual, se establecen reglas de competencia de las Juntas
Especiales de la Federal de Conciliación y Arbitraje; requisitos que deben
contener las demandas de este tipo de conflictos; elementos que deben contener
los dictámenes médicos en los casos de riesgos de trabajo y reglas para el
desahogo de esta prueba; se propone que los peritos médicos se encuentren
registrados ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
41.
Incrementar los montos de las correcciones disciplinarias, medios de apremio y
multas para sancionar la interposición notoriamente improcedente del recurso de
revisión y de reclamación contra los actos de ejecución.
42.
Prever que cuando un conflicto de huelga se prolongue por más de sesenta días,
tratándose de patrones que tengan a su cargo la prestación de servicios
públicos, o más de ciento veinte días en cualquier otro caso, sin que los
trabajadores lo hayan sometido a la decisión de la Junta, el patrón o los
terceros que acrediten su interés podrán solicitar por escrito se inicie el
arbitraje en cualquier momento. La propuesta tiene como propósito evitar las
implicaciones negativas que se desprenden de una duración prolongada de los
conflictos laborales, por los efectos que se producen tanto a las partes
involucradas como a la sociedad en su conjunto.
43.
Establecer una vía incidental para que los terceros de buena fe puedan
ejercitar acciones de restitución de la posesión de bienes de su propiedad, en
caso de huelgas estalladas.
44.
Incorporar como causal de inexistencia de la huelga, que el sindicato no cumpla
con los requisitos que contemplen sus propios estatutos para formular el
emplazamiento.
45.
Prever como causa para negar el trámite a los emplazamientos a huelga, cuyo
objeto sea el cumplimiento de un contrato colectivo de trabajo o un contrato
ley, el hecho de no señalar con precisión las violaciones a dicho contrato y la
forma de repararlas.
46.
Combatir los denominados “contratos de protección”. Para ello, se establecen
requisitos adicionales para los emplazamientos a huelga que tengan por objeto
obtener del patrón la firma de un contrato colectivo de trabajo, a fin de que
la organización sindical emplazante acredite que sus estatutos comprenden la
rama industrial o la actividad de la empresa o establecimiento con el que
pretende celebrar el contrato, así como que cuenta con agremiados que laboran para
el patrón que se pretende emplazar.
47.
Establecer nuevas reglas para la tramitación de las demandas de titularidad de
contrato colectivo de trabajo o administración de contrato ley, para otorgar
mayor certeza y seguridad jurídica en estos procedimientos. La propuesta busca
asegurar una legítima representación de los trabajadores en el ejercicio de
esta acción.
48.
Precisar en los procedimientos de conflictos colectivos de naturaleza
económica, que sólo la huelga estallada suspende la tramitación de este tipo de
conflictos.
49.
Prever el voto libre, directo y secreto para el desahogo de la prueba del
recuento de los trabajadores, en los conflictos de huelga y titularidad de
contrato colectivo de trabajo y administración de contrato ley, en consonancia
con los criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en
este tipo de asuntos.
50.
Incrementar el monto de las sanciones a quienes infringen las disposiciones de
la Ley Federal del Trabajo, que podrían llegar hasta cinco mil veces de salario
mínimo general por cada violación cometida. Se prevé que la cuantificación de
las sanciones pecuniarias se haga tomando como base de cálculo la cuota diaria
de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.
Para
saber más de esta ley léase en:
Vease
tambien en: http://www.scribd.com/doc/105939473/Analisis-de-La-Iniciativa-de-Felipe-Calderon-Septiembre-2012
Como
aquí ven esas son las propuestas de esta iniciativa en mi opinión sobre todas
las desventajas que tiene es que por ejemplo si en un nuevo empleo nos van a
poner de 3 a 6 meses de prueba después de ya que sea la contratación que el
salario mínimo no sea de 7 pesos porque no ser el doble o el triple que va a
pasar con el dinero de esos 3 o 6 meses, esta bien digo yo por la parte que
quieren hacer competitivo México pero son solamente sueños o lo ven de un lado
poco probable primeramente antes de hacer la ley esta o de aprobarla deberían
cambiar, fomentar la competitividad no querer meter una ley a la fuerza para
que seamos competentes asi no va a funcionar esta ley y menos con muchas de las
mentalidades que hay mas que nada deberían hacer eso, fomentar a un mexicano
más competente mas trabajador mas y no querer hacerlo todo de golpe por eso se
viene toda la gente en contra y dicen que es para empresarios, porque la
mayoría estamos acostumbrados que porque ya tenemos el trabajo no le echamos
ganas y pues así como salga mi trabajo alcabo que ya lo tengo seguro. En
conclusión esta ley debe implantarse ya que los mexicanos estén bien preparados
y todos no nomas los empresarios y si se darán lapsos para saber si contratar o
no deberían de pagar más el salario mínimo.
Entreviste
a varias personas con base a las preguntas siguientes: ¿Qué opinas de la
reforma laboral?, ¿Qué ventajas y desventajas ves en ella?, ¿Cómo te afectaría
en un futuro?, ¿Para quién crees que se hizo esta reforma?, ¿Cómo ves a México
en un futuro si se aprueba esta reforma en el senado?. Y sus respuestas fueron
las siguientes: (ustedes también opinen sobre este tema tan controversial)
Martín Anduaga.
Estudiante de la carrera de Comunicación.
“Pues
mira como joven y estudiante yo digo que si se necesitan ideas nuevas y una
especie de estructura para condicionar a los trabajadores y patrones para
convivir en un ambiente laboral más sano, ya sea criticando el salario, o los
horarios y todo eso, pero a mí no me parece que la reforma laboral nos baya a
ayudar a nosotros como ciudadanos de clase media; pues ventaja la verdad
ninguna a lo que me he informado acerca de esta reforma es que nada mas nos va
a afectar cuando seamos profesionistas; pues en un futuro ya ejerciendo mi
profesión a pesar de que voy a los medios de comunicación y de por si es
difícil conseguir trabajo ahorita en cualquier área nos van a arraigar a no
jubilarnos, no vamos a tener prestaciones, no vamos a tener trabajo fijo que
eso nos va perjudicar a la sociedad; pues para los ricos porque no creo que a
alguien más le ayude más que a ellos a los dueños de empresa, a las personas
que manejan acciones gente de ese tipo con un lugar de venta y compra
establecido; pues espero que no la aprueben pero si se llega a dar la verdad no
se me iría de aquí o simplemente abriría mi propio mercado para no estar
arraigado a las demás personas”.
Francisco
Machado. Estudiante de Psicología.
“Pues
creo que no tiene ningún beneficio para la sociedad en general y no creo que
sea una buena reforma que busque el beneficio común; pues desventajas ay muchas
no la he leído puntualmente pero si conozco algunos datos, el pago por hora, el
que sea un mes el trabajo de prueba, y ay muchas cosas que le dan simplemente
más facilidad al empresario a las personas que ya tienen buen sustento para
poder pues simplemente ganar más dinero y no tener tanta responsabilidad con el
trabajador, ventajas se han mencionado que va a dar más empleo pero eso pues yo
considero que es mas como estadístico simplemente no tal vez allá más empleos
pero qué tipo de calidad van a ser los empleos, de cuánto tiempo van a ser los
empleos, cuáles van a ser las seguranzas de esos empleos, entonces por eso le
veo más desventaja; pues es muy sencillo le afecta a todo mundo es la reforma
laboral en todos los trabajos se va a poder utilizar, la otra vez un amigo
estaba comentando que estaba pensando en hacerse empresario porque pues a
esos son los únicos que les va a beneficiar entonces le afecta a todo el mundo
de que manera pues me voy tener que ajustar a esas a los planteamientos que se
están poniendo y no me parece justo tanto en lo económico como en lo social
como la satisfacción que uno puede tener con su trabajo en el compromiso que se
puede tener con él, en Internet se ve no que te pagaran 7 pesos la
hora y un tirador gana 100 pesos la hora entonces eso va a generar mucha
violencia por la insatisfacción que se va a tener; pues creo que esta mas
diseñada para el empresario para la realización de trabajos para que tengas
gente más servicial que un trabajo normal, mas esclavismo que un verdadero
servicio, esta asiendo como que tu función es muy mínima y muy pobre y no te
está viendo como persona sino como un fino bien para algo; pues se van a hacer
muchas cosas por el sentido de la insatisfacción que va a dar el hecho que ya
sepas de ante mano que hagas lo que hagas y para poder tener un buen sustento
vas a tener que batallar muchísimo y si lo logras aun así vas a ser consciente
de que es injusto por lo que se tiene que pasar pues si tu lo tienes y otros
no, no es porque tú seas esto tú seas aquello si no porque el juego está hecho
para que así sea entonces creo que si uno es consciente y tiene una justicia
social amplia una visión de todo México como conjunto se va a dar cuenta que
eso no tiene sentido que sea así entonces yo creo que de entre las muchas cosas
que han pasado en el país pues va a ser otra y de tamaño importante que va
generar movimientos sociales”.
Ambar
Molina. Estudiante de Comunicación.
“Que a
pesar de muchas cosas que se dicen va a traer ms que todo mi punto de vista es
que va a traer muchísima más competitividad a uno como empleado y a pesar de
todas las deficiencias que trae que es verídico que no se les puede dar el
gusto a todos con respecto a lo que se modifica en una reforma o no a pesar de
eso los cambios que se vienen asiendo son para mejorar la calidad de los
trabajos que a lo mejor no se generan mas pero los trabajos que ya están
ahorita en este momento se van a mejorar muchísimo mas la calidad de ellos;
ventajas que van a desaparecer muchísimos organismos, puestos, instituciones,
que solamente buscan estar viviendo a costa de alguna empresa u otra
institución como lo son los puestos fantasmas como son aquellos movimientos que
solo buscan comodidad al trabajador sin realizar mayor esfuerzo y desventajas
que ciertamente posiblemente uno como empleado con alguna característica o una
mentalidad con características de obrero o empleado en su forma tal si conlleva
algunos riesgos si conlleva algunas desventajas como lo son quizás el seguro
quizá las reformas que se les van a aplicar pero yo considero verdaderamente
que mejorando la calidad de trabajo se mejora la mentalidad de las personas y
al mejorarlas se obtiene una mejor calidad de vida; quizá me afectaría en la
manera de competitividad quizá mi esfuerzo sea el doble o el triple para
poderla aplicar para un trabajo que a lo mejor no va a ser seguro precisamente
por la nueva reforma pero eso me va a motivar a hacer las cosas muchísimo mejor
para así poder recibir el sueldo o pago por lo que yo se hacer; si viene cierto
que viene muchos intereses financieros muchos intereses empresariales también
se hizo en mi opinión para mejorar la estructura laboral que tenemos ahorita ya
de que quizás a los que más afecten sea a las maquiladoras aquellas empresas
que trabajan con una gran cantidad de gente la cual que nomas trabaja para
hacerse en un sistema alomejor es cierto a ellos le va a afectar mas pero creo
que esta reforma se hizo para que el país avance en cuanto a la calidad de su
producto; lo veo muchísimo más competente con respecto a los demás países que
tienen muchísimo mejor desarrollo que nosotros”.
Aqui les
dejo un video de una opinion muy valiosa del Profesor Francisco Covarrubias.
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